Un coche es declarado siniestro total tras un accidente, robo o incendio, cuando el coste de la reparación es mayor que el valor venal o valor del mercado del vehículo.
Según la Ley 50/1980 de Contratos de Seguros, las aseguradoras tienen un plazo de 40 días para gestionar, resolver e indemnizar el coste de la reparación del vehículo o, en caso de siniestro total debe abonar el Valor Venal o Mercado (Según indique en la póliza). Son contadas las ocasiones en las que este valor calculado por la Aseguradora se corresponde con la realidad del mercado. El “Modus Operandis” de las Compañías, por lo general, es realizar una valoración a la baja.
¿Qué hacer si no estás de acuerdo con ese Valor? Según el artículo 38 de la citada Ley de Contratos de Seguros, debes contratar de forma particular a un perito para que elabore un informe de tasación de tu vehículo acorde a la realidad del estado de conservación de tu vehículo, la antigüedad, kilometraje y demás fluctuaciones del mercado. Este informe deberás presentarlo a la aseguradora en el plazo de 7 días. Tras la recepción del mismo y antes de 8 días, ambos peritos deberán llegar a un acuerdo económico. Si no se produjera dicho acuerdo, se nombrará a un tercer perito y será éste quien determine la cuantía final a pagar al asegurado.
En ninguno de nuestros casos hemos tenido que nombrar a un tercer perito. Nuestros informes son contundentes y muy bien fundados